martes, 3 de abril de 2007

Derechos de imagen

Os recomiendo un artículo de consumer.es que he encontrado a través del blog Barcelona Photobloggers.

Es un artículo muy interesante (y extenso) sobre los derechos de imagen de las personas y cómo esto nos afecta a los fotógrafos, sobre todo a los que andamos por ahí tomando fotos de gente anónima en la calle, sin casi preguntar si podemos hacerlo.

Yo personalmente sólo he pedido permiso (y datos) en un par de ocasiones, y porque quería fotografíar a unos niños, y ya sabéis cómo esta este asunto de las fotos a niños... pero tengo cientos de fotos más en las que personas anónimas se convierten en mis protagonistas: pues bien, según este artículo, lo mío es una intromisión ilegítima.

Bueno, que cada uno lea el artículo y saque sus conclusiones; a mi personalmente este tema me parece un poco rollo, pero es lo que hay y lo que nos toca vivir. Que todo el mundo prepare su libreta para pedir teléfonos, e-mail o lo que sea...

Un apunte del artículo:

La ley no impide la captación, reproducción o publicación de imágenes de personas que ejercen cargos públicos o que tienen proyección pública. No es necesario que éstas den su consentimiento para que su imagen pueda ser recogida en los medios de comunicación, aunque sólo cuando se emplee con fines informativos. Otros usos o fines, como los publicitarios y comerciales, requieren siempre consentimiento. Cuando se trata de personas sin proyección pública, la captación, reproducción o publicación de su imagen es, a priori, una intromisión ilegítima, "excepto cuando la imagen aparece como meramente accesoria respecto a la información sobre un suceso o acaecimiento público". Leer más...

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